¿Es obligatorio el Registro de la Propiedad Intelectual para mi libro?

Registro de la Propiedad Intelectual

Una de las preguntas que más nos hacen nuestro autores cuando acaban de terminar su obra, es sí la han de pasar por el Registro de la Propiedad Intelectual.

Nuestra repuesta en un principio es sí. Si quieres evitarte disgustos y no correr riesgos, lo mejor es que lleves tu obra al Registro de la Propiedad Intelectual.

Además, al registrar tu obra, declaras cuáles son los derechos que te reservas para ti y  tu posición a que otras personas puedan utilizar tu obra.

¿Cuándo conviene ir al Registro de la Propiedad Intelectual?

Nosotros sugerimos que se haga antes de que se lleve la obra a imprimir. Porque así reservamos todos los derechos como autores de esa obra y ademas:

  1. Verificamos que no exista una obra que se haya escrito antes: pues alguna vez a pasado que piensas que has escrito algo original, lo llevamos al Registro de la Propiedad Intelectual y nos dicen que eso ya lo ha escrito otro autor.
  2. Nos aseguramos que la editorial no publique nuestro libro con otro nombre: ni nos podrán plagiar el contenido y, a la vez, aseguramos a la editorial que nuestra obra es única y original

¿Qué debemos hacer para registrar nuestro libro en el Registro de la Propiedad Intelectual?

Si dispones de un certificado digital (debes tener el DNI electrónico), puedes hacerlo a través de esta página del Ministerio de Cultura.

Si quieres ir a hacerlo en persona, en todas las provincias hay oficina del Registro. Puedes ver aquí donde está la más cercana para ti.

Una vez allí debes entregar en el Registro:

  1. Antes de nada, un justificante de las tasas del Registro. El importe suele rondar los 13€.
  2. Un ejemplar de la obra.
  3. Una fotocopia del DNI.
  4. Un impreso 1A para autores.
  5. Un impreso de obra literaria.

En cuanto entregues toda la documentación la obra está registrada, aunque en proceso de revisión. En ese momento te darán un número provisional de Registro y en unos 2 o 3 meses podrás pasar a recoger el justificante definitivo.

Aunque al principio hemos comentado que solemos decir a nuestros autores que deben registrar el libro en el Registro de la Propiedad Intelectual, debemos comentar que no es obligatorio y que si nos vas a publicar tu libro, ni comercializarlo, tal vez no lo necesites. Pero si lo haces, tendrás la seguridad de tener plenos derechos sobre tu obra y que no sea copiada.

Si tienes alguna duda, desde Imprimir mi libro, estaremos encantados de poder ayudarte :). 

¿Tienes algún libro registrado ya? O ¿piensas registrar tu libro próximamente? Comentanosló en el recuadrito de abajo, estaremos encantados de leerte.

¡Ah! Y no os olvideis, compartir es sonreír 😉

Fotos vía: bp.blogspot

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